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Tributación de criptomonedas desde 2019 PACTE y PLF

Actualizado hoy

📝 Description

La Ley de Finanzas de 2019 estableció un régimen fiscal único para criptomonedas con una tasa fija del 31,4% (PFU), aplicable a ganancias de capital en cripto. Los intercambios cripto-a-cripto no son imponibles, mientras que las conversiones a monedas fiduciarias sí lo son, con exención si el monto anual de transferencias se mantiene por debajo de 305 euros.

➡️ Los intercambios entre activos digitales están neutralizados. Por lo tanto, los intercambios criptomoneda a criptomoneda (o intercripto) no están sujetos a impuestos en 2019. No obstante, esta exención solo concierne transacciones de transferencia de criptoactivos para individuos y aquellos con actividad ocasional. Para su información, estas transacciones eran imponibles en 2018 bajo el régimen de impuesto sobre ganancias de capital en bienes muebles.

➡️ El evento imponible es la conversión de criptomonedas a FIAT (moneda de curso legal estatal, es decir, una moneda con estatus de moneda de curso legal) o la venta de criptoactivos contra un producto o servicio. Por lo tanto, no hay tributación en el caso de conversión de criptomoneda a stablecoin. En otras palabras, la conversión de criptomonedas (activos digitales en el texto de la ley) contra euros es imponible.

➡️ Exención si el monto anual de ventas es inferior a 305 euros. Tenga cuidado, esta exención no exime al contribuyente de declarar sus ganancias de capital en criptoactivos. Aún debe calcular y declarar sus ganancias de capital en criptomonedas y sus cuentas extranjeras, o se arriesga a ser multado.

➡️ Pérdida de Capital Transferida - Las pérdidas de capital neto no se pueden transferir a años futuros bajo el régimen de impuesto de casualidad.

➡️ En caso de ganancias de capital neto para un individuo privado con una actividad ocasional, estas son imponibles bajo el impuesto plano (o Prélèvement Forfaitaire Unique, PFU). El principio es adaptar una tasa única a los ingresos de capital. Por lo tanto, las criptomonedas se gravan de la misma manera que el capital (seguros de vida, acciones, intereses, ganancias de capital de la venta de valores...). La tasa única es del 30%. Resulta de la adición de dos tasas, 17,2% de gravámenes de seguridad social y 12,8% de impuesto sobre la renta.

➡️ Formalidad de Notificación - Las transferencias realizadas durante el transcurso del año N no tienen que ser notificadas a medida que ocurren, sino solo en el momento de la campaña de declaración de impuestos sobre la renta del año N+1.

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